¿Sabías que a partir del 2022 el SAT podrá embargar bienes a contribuyentes? ¡Entérate cuáles entran en la lista!
Cd. Victoria/Redacción.- A partir del próximo año, el SAT podrá notificar a contribuyentes deudores sobre un posible embargo de depósitos bancarios y otros bienes, esto debido a una modificación en el artículo 151 Bis al Código Fiscal de la Federación, incluido en la Miscelánea Fiscal 2022.
¿Qué podrá embargar el SAT?
- Depósitos bancarios
- Acciones
- Bonos
- Componentes de ahorro o inversión asociados a seguros de vida
- Cupones vencidos
- Valores inmobiliarios
- Cualquier depósito que se realice en alguna cuenta a nombre del ciudadano
- Bienes inmuebles
- Bienes intangibles
¿Qué debes hacer para evitar problemas con el SAT?
Debes realizar transacciones electrónicas y pedir a los involucrados que guarden comprobantes de depósito, colocando siempre el motivo del movimiento, esto para poder comprobar tus ingresos en caso de requerirse.
La modificación se llevará a cabo si recibes depósitos constantes de más de 15 mil pesos, ya que esto es lo que se alertará al SAT mensualmente, pues ahora los ingresos serán declarados en ese periodo de tiempo por los bancos.