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Congresos locales definirán desafuero de funcionarios estatales por delitos federales

 Congresos locales definirán desafuero de funcionarios estatales por delitos federales

La Suprema Corte de Justicia (SCJN) avaló este martes que los congresos locales son los encargados de resolver si continuará un proceso de desafuero contra algún servidor público del estado por delitos federales.

En la sesión de este martes, el pleno validó con ocho votos una reforma a la Constitución de Tamaulipas que fue impugnada a través de la acción de inconstitucionalidad 112/2021.

“Si bien la decisión final es del órgano legislativo de la entidad federativa, ello no significa que la comunicación enviada por la Cámara de Diputados deba hacerse a un lado sin más, todas las autoridades del Estado mexicano han de compartir el mecanismo de que la inmunidad temporal no es sinónimo de impunidad”, explicó.

El proyecto para validar esta modificación a la Constitución local fue presentado por la magistrada Margarita Ríos Farjat, quien destacó previamente planteó invalidar la reforma al artículo 84 de la Constitución de Tamaulipas y al 44 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos estatal.

La magistrada reiteró que esta decisión considera a los funcionarios de Tamaulipas en general: “Aclaro que este asunto no trata como se ha pretendido en desinformación de ningún funcionario en particular ni de su fuero o inmunidad”.

La magistrada refirió que el artículo 111 de la Constitución federal establece que, en primera instancia, la Cámara de Diputados determina la procedencia de un desafuero para que los congresos locales determinen si se continuará el proceso.

La magistrada reiteró que en el artículo 111 se establece que “los estados procedan como corresponda —en caso de desafuero—, no hay mandato expreso de sólo acatar”.

En marzo de 2021, la Cámara de Diputados notificó al gobernador Francisco Javier García Cabeza de Vaca sobre el comienzo de su proceso de desafuero.

García Cabeza de Vaca fue imputado por la Fiscalía General de la República (FGR) por presuntos delitos de delincuencia organizada, operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal equiparada.

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Editor2