¿Quién ordenó talar los históricos rompevientos de Miquihuana? Exigen esclarecer derribo de cuatro árboles frente a primaria
Redacción
MIQUIHUANA, TAMAULIPAS.- A varios días de que fueran derribados cuatro árboles conocidos por los habitantes de Miquihuana como los “rompevientos”, ubicados frente a la Escuela Primaria Ignacio Zaragoza, hasta el momento no se ha dado a conocer públicamente quién ordenó o autorizó su tala.
El derribo de estos árboles ha generado inconformidad entre habitantes del municipio, principalmente porque, de acuerdo con testimonios de personas de avanzada edad, algunos de estos ejemplares tendrían más de 100 años y formaban parte del paisaje y de la historia de Miquihuana.
La situación ha abierto también una pregunta que permanece sin respuesta: ¿existió un dictamen técnico y una autorización previa para derribar los cuatro árboles?
En materia ambiental, la tala o derribo de árboles no debe realizarse simplemente por decisión de un particular o de un funcionario sin que se determine previamente la situación del ejemplar y, cuando corresponda, se cuente con la autorización de la autoridad competente.
La propia legislación forestal de Tamaulipas establece mecanismos de inspección y vigilancia, así como la atención de denuncias y la aplicación de sanciones cuando se incumplen las disposiciones forestales.
La Ley de Desarrollo Forestal Sustentable señala que la SEDUMA tiene atribuciones para realizar inspecciones, determinar medidas de seguridad, calificar infracciones y, en su caso, imponer sanciones.
Además, cuando una autoridad considera que un árbol representa un riesgo, lo procedente es contar con una evaluación que permita determinar las condiciones del ejemplar y el nivel de peligro que representa para las personas, construcciones, vehículos, instalaciones o cableado.
No basta, por sí sola, la percepción de que un árbol puede resultar incómodo o representar un posible riesgo.
La legislación estatal contempla multas que pueden ir, dependiendo de la infracción, desde 20 hasta 1,000 UMA, y en otras conductas previstas por la propia ley desde 100 hasta 20,000 UMA, además de otras medidas administrativas.
También establece que, cuando existan daños al ecosistema, la autoridad deberá imponer medidas de restauración.
Por ello, más que buscar culpables sin una investigación, los habitantes tienen derecho a conocer qué autoridad realizó el dictamen, quién solicitó el derribo, quién lo autorizó, cuál fue el motivo y si existió un documento oficial que justificara la eliminación de los cuatro árboles.
En este caso también surge el cuestionamiento sobre las responsabilidades de las autoridades municipales.
Si los árboles se encontraban sobre la vía pública, deberá aclararse qué dependencia tenía facultades para autorizar su derribo y si existió coordinación con las instancias ambientales correspondientes.
La Secretaría de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente de Tamaulipas tiene entre sus atribuciones investigar posibles daños ambiental.